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La corte de Luxemburgo respondió al tribunal de Bucarest que una normativa de un Estado miembro que no permite reconocer y anotar en el certificado de nacimiento de un nacional el cambio de nombre y de identidad de género legalmente adquirido en otro Estado miembro, en este caso en el Reino Unido, es contraria al Derecho de la Unión.
7 de octubre de 2024