El tribunal condenó a Transportes Paihuen SA por vulnerar derechos fundamentales, ordenando el pago de más de $13 millones en indemnizaciones y la publicación de un aviso en sus instalaciones para garantizar el respeto a los derechos laborales.
Derechos laborales
Juzgado de Osorno ordena indemnización a trabajador por accidente laboral en Cesfam Rahue Alto.
Corte de Concepción ordena pago de licencia médica a madre que cuida hijo con enfermedad grave.
Corte Suprema ratifica indemnización de $65.000.000 por daño moral a familiares de trabajador fallecido por virus hanta.
Sanción a trabajadora finlandesa que se negó a realizar ciertas tareas tras adherir a huelga de su sindicato se ajusta a derecho, resuelve el TEDH.
El derecho de huelga no es absoluto. Puede estar sujeto a ciertas condiciones y restricciones. Así, en particular, se pueden imponer restricciones al derecho de huelga de los trabajadores que prestan servicios esenciales a la población, mientras que una prohibición total del derecho de huelga respecto a ciertas categorías de dichos trabajadores requiere pruebas sólidas por parte del Estado para justificar la necesidad de esas restricciones.
Exclusión de concurso laboral de profesora en edad de jubilación es discriminatoria, resuelve Corte Suprema de Argentina.
Los Estados tienen la obligación de facilitar la participación de las mujeres de edad en el trabajo remunerado sin que sean discriminadas por motivos de su edad o sexo. Deben velar por que se preste especial atención a atender los problemas que puedan afectar a las mujeres de edad en su vida laboral y por qué no se las obligue a jubilarse anticipadamente o a aceptar soluciones similares.
Fuero laboral de sindicalista cesa cuando se acredita que las conductas por él asumidas se apartan de los fines perseguidos por esas asociaciones.
El ejercicio de cargos gremiales no es una “carta blanca” o “tarjeta de indemnidad” para ejercer cualquier tipo de acto aún contrario al de ley, ya que si bien en orden a defender los derechos de los trabajadores, éstos y sus representantes poseen facultades constitucionalmente reconocidas para tomar variados tipos de medidas, el ejercicio de estos derechos posee el límite del respeto de los derechos del empleador y de terceros ajenos a la relación laboral.
Estados miembros de la Unión Europea deben abstenerse de excluir de prestaciones familiares a trabajadores migrantes, incluso cuando no hayan acreditado que sus hijos nacidos en el extranjero se encuentren regularizados en el país.
La Directiva interpretada se opone a una normativa de un Estado miembro en virtud de la cual, a los efectos de determinar el derecho de un nacional de un tercer país, titular de un permiso único, a prestaciones de seguridad social, solo se tienen en cuenta los hijos nacidos en un tercer país que estén a su cargo si se acredita su entrada regular en el territorio de ese Estado miembro.
Informe sobre el estado de los derechos humanos en el mundo se publica por una ONG.
El análisis incluye cuatro categorías de derechos: los relacionados con la integridad física, tales como la prevención de tortura y desapariciones forzadas; los derechos de empoderamiento, entre ellos, la libertad de expresión y los derechos de las mujeres; los derechos laborales, como la prohibición del trabajo infantil y la protección de los trabajadores; y los derechos relacionados con el acceso a la justicia, que incluye el derecho a un juicio justo.
Crónica anunciada de una batalla perdida.
Varias organizaciones civiles han advertido que esta reforma afecta los derechos laborales y la independencia de los juzgadores.
Empleadores tienen el deber de garantizar vacaciones anuales a sus trabajadores y de instarlos a ejercer este derecho, resuelve un tribunal español.
El derecho a vacaciones retribuidas ha sido declarado reiteradamente como un principio del derecho social comunitario europeo asociado a la garantía de seguridad y salud de los trabajadores y frente al que no es admisible ningún tipo de excepción. En este sentido, el empresario debe velar de manera concreta y transparente por que el trabajador pueda efectivamente disfrutar de sus vacaciones anuales pagadas.
Antecedentes que empresa obtuvo del email corporativo de trabajadora para fundar su despido son prueba ilícita, resuelve la Corte Suprema de Perú: intromisión debe ser autorizada por un juez.
La Constitución Política del Perú establece que los documentos privados solo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento motivado del juez, con las garantías previstas en la ley, y en su defecto al no seguirse el procedimiento establecido, las pruebas obtenidas carecen de efecto legal.
Empresa debe reembolsar gastos de internet, telefonía y electricidad en que incurrió su trabajador que realizar teletrabajo, resuelve un tribunal argentino.
El ejercicio del poder de organización no puede violar derechos que integran el orden público laboral del que, como tal, no se puede prescindir. Extremo éste que, como se observa, se verificó en autos por vía de la creación de un plazo de caducidad para el reclamo de los reintegros ajeno a la ley.
Trabajadores no están facultados para exigir a sus empleadores revelar el origen del dinero que perciben por su trabajo, resuelve un tribunal peruano.
Debido a que la ley no lo exige a los particulares, donde nadie está obligado hacer lo que la ley no manda, ni impedido hacer lo que no prohíbe, esto si se tiene en cuenta que el trabajo no sólo es un deber, sino un derecho y su ejercicio no puede condicionarse a preguntar del modo como obtienen los ingresos para pagar su tarea que se entiende es legal.