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La magistratura estimó que la expulsión de los recurrentes vulneró la igualdad ante la ley, y fue realizada mediante un acto que no observó las reglas del debido proceso, al aplicar la sanción más severa del reglamento interno de la agrupación, sin brindar ninguna posibilidad a los actores para que pudieran controvertir o aportar pruebas que desvirtuaran los cargos formulados.