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Anuló de oficio el fallo impugnado al observar que no había considerado prueba fotográfica incorporada en una medida prejudicial, y por contener decisiones contradictorias.
7 de agosto de 2022
Anuló de oficio el fallo impugnado al observar que no había considerado prueba fotográfica incorporada en una medida prejudicial, y por contener decisiones contradictorias.