Guatemala debe abstenerse de ejecutar fallo que ordena la revisión de medidas de coerción impuestas a los implicados en un caso de desaparición forzada.
Con el propósito de prevenir un daño irremediable al derecho de acceso a la justicia de las víctimas previo a examinar la solicitud de medidas provisionales y las observaciones a la misma, esta Corte estima necesario ordenar al Estado de Guatemala que se abstenga de ejecutar la decisión del tribunal nacional.