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Entender lo contrario significaría desconocer el derecho al descanso reparatorio a servidores que, en los hechos, desempeñaron las mismas funciones de fiscalización en la contención de la pandemia que el personal de las SEREMI de Salud.
Entender lo contrario significaría desconocer el derecho al descanso reparatorio a servidores que, en los hechos, desempeñaron las mismas funciones de fiscalización en la contención de la pandemia que el personal de las SEREMI de Salud.
La norma modifica la regulación de los descansos compensatorios de los trabajadores que se desempeñan en dicha actividad.
La iniciativa modifica el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo para garantizarle a los trabajadores y funcionarios el respeto por su tiempo de descanso.
Si bien la determinación del descanso en día domingo tuvo un origen religioso, se justifica desde la perspectiva familiar, social y cultural.
El requerimiento se efectuó por la Federación Nacional de Sindicatos de empresas contratistas, subcontratistas y otros.