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La jurisprudencia ha establecido la distinción entre el derecho al olvido y el derecho a la desindexación, siendo este el derecho invocado en el presente caso, en el que la recurrente pretende desvincular su nombre con cuestiones de descrédito respecto a ser investigado/acusado en un proceso penal, en el que compareció únicamente como testigo. No postula la exclusión de contenidos de investigación de las bases de datos.
10 de agosto de 2023