Despido disciplinario


Despido de profesora que proyectó una película para mayores de edad a sus alumnos de 9 y 10 años, se confirma por Tribunal argentino.

9 de junio de 2024
No existe justificación alguna para deslindar su responsabilidad en el desarrollo de los hechos, en tanto la actora sabía cuál era la película que se iba a reproducir, y que no fue obtenida de la biblioteca del colegio, sino que provenía de un adulto, por lo cual debió oponerse a su reproducción, dado que no está recomendada para niños de 9 y 10 años.
Transgresión de la buena fe contractual.

Despido de gerente que miraba pornografía en horario de trabajo es procedente, resuelve tribunal español.

No es dudoso que la actuación del demandante constituye una grave quiebra de los principios sobre los que se asienta la relación, y especialmente de los que sirven de fundamento al ejercicio de un cargo como el de «gerente» basado en la confianza y responsabilidad. Lo expuesto es de suyo suficiente para la estimación de la meritada falta.

27 de mayo de 2024
Confirmó el despido del recurrente.

Grabaciones obtenidas por detective que muestran a un trabajador con licencia médica realizando trabajos de albañilería en su hogar son prueba lícita, resuelve un tribunal español.

La normativa no impide que la investigación llevada a cabo por el detective incluya hechos sensibles que, aunque ocurran en el interior del domicilio, trasciendan de forma natural del mismo y puedan ser captados desde el exterior, sin necesidad de artificio alguno. No se puede declarar ilícita la prueba por el hecho de que el detective haya visto u oído algo que acontecía en un lugar del domicilio que era fácilmente visible desde el exterior.

24 de mayo de 2024
Despido no es nulo por no encontrarse vulnerada su libertad de expresión.

Despido de trabajador que profirió expresiones “homofóbicas” durante el día el Orgullo LGBT es improcedente, resuelve un tribunal español.

La conducta desarrollada por el actor no puede enmarcarse dentro del ámbito de la libertad de expresión que todos pueden ejercer según la Constitución, ya que desarrolló en el correo electrónico no cuestionado un discurso relativo al colectivo homosexual que tendía a difamar públicamente a un grupo de personas por razón de su orientación sexual.

22 de mayo de 2024
Discriminación por asociación.

Despido de trabajador por su relación sentimental con una jefa es discriminatorio, resuelve un tribunal español: pareja había tenido diferencias con los directivos de la empresa.

Los hechos expuestos constituyen indicios sólidos del enlace causal del despido con el parentesco del trabajador con la jefa de cuadrilla. Consideramos lo suficientemente plausible un ánimo represaliador oculto en la decisión empresarial, dado que la conducta de la jefa de la cuadrilla pudo contrariar y molestar a la mercantil al encontrarse que una de sus empleadas.

9 de mayo de 2024
Principio non bis in idem.

Chofer despedido luego de ser denunciado por utilizar el teléfono celular durante la conducción debe ser indemnizado por su empleador, resuelve un tribunal argentino.

La comunicación del despido no ha logrado cumplir el recaudo de expresar de forma «suficientemente clara» los motivos en que se pretendió fundar la ruptura contractual. Por lo tanto, en la especie, la comprobada existencia de antecedentes del actor carece de conexión con un hecho presente.

6 de mayo de 2024
Sanción desproporcionada.

Despido de trabajador que llamó “gilipollas” a su jefe es improcedente, resuelve un tribunal español.

No todas las ofensas verbales son acreedoras a la sanción de despido, sino aquéllas que injustamente ataquen al honor de la persona; y siempre que ello se realice dentro de la esfera de la relación laboral o con ocasión de ella, pero sin que deba fijarse en forma objetiva, sino que ha de conectarse con la ocasión en que las ofensas se infirieron por el trabajador al superior, y sus circunstancias de lugar y tiempo.

30 de abril de 2024
Decisión confirmada en segunda instancia.

Despido de trabajadora con incapacidad temporal que chocó automóvil de su empleador fuera del horario laboral es improcedente, resuelve un tribunal español.

A la parte demandada le incumbía la carga de probar la existencia de causas suficientes, reales y serias para calificar de razonable y ajena a todo propósito lesivo del derecho fundamental la decisión de despido adoptada, debió acreditar que el despido tuvo causas reales absolutamente extrañas a la pretendida vulneración de derechos fundamentales, así como que fueron de entidad suficiente.

28 de abril de 2024
Violó una cláusula de exclusividad y no competencia.

Despido de hombre que trabajaba para empresa competidora de su compañía en el mismo horario laboral se ajusta a derecho, resuelve un tribunal español.

Todos estos datos permiten mantener, como así se hizo en la instancia, que se había conculcado la cláusula ya mencionada, incurriendo en la falta muy grave que se le imputa de «fraude, deslealtad y abuso de confianza en las gestiones encomendadas» sin que existiera un seguimiento personal y directo de las actividades del actor ya que el mismo había pactado su prestación de servicios a distancia.

16 de abril de 2024
Protección de datos personales.

Despido de trabajador que grabó llamadas de clientes sin consentimiento y sin informar a su empleador se ajusta a derecho, resuelve un tribunal español.

Ha quedado probada la imputación alegada en la carta de despido consistente en que el trabajador, de forma habitual grababa las conversaciones con clientes, con quienes hablaba en nombre y representación de la empresa, sin el consentimiento ni conocimiento de la empresa ni tampoco de los clientes, y todo ello con vulneración de la normativa sobre protección de datos, y comprometiendo a la empresa.

11 de abril de 2024
Perdida de confianza en el ámbito laboral.

Despido de trabajadora que causó un perjuicio económico a su empleador al depositar bajo engaño dinero en una cuenta de criptomonedas se ajusta a derecho, resuelve tribunal español.

A pesar de las circunstancias consideradas por el juzgador de instancia que van en la línea de matizar la culpabilidad de la trabajadora, lo cierto es que esta incumplió tanto con la normativa interna de la empresa que se le había transmitido, como con su deber de diligencia, quebrando la confianza depositada en ella por parte de la empresa, llevando a cabo una actuación que puede calificarse de imprudente.

29 de marzo de 2024