Despido disciplinario

Medida proporcionada.

Instalación de cámaras ocultas en el lugar de trabajo para descubrir al autor de un hurto no vulnera la intimidad de los trabajadores, resuelve un tribunal español.

La existencia de una sospecha razonable de que se ha cometido una falta grave y la magnitud de las pérdidas identificadas constituye una justificación de peso para descartar la vulneración del derecho a la intimidad. Diferente sería el supuesto de que las cámaras se hubieran instalado por la empresa demandada como medida general de control.

21 de diciembre de 2023
Diálogo mantenido en WhatsApp.

Uso de expresiones “ok” y “estupendo” por el empleador para asentir justificaciones de inasistencias del trabajador configura una tolerancia que hace improcedente el despido, resuelve un tribunal español.

Ello implica una actitud tolerante por parte de la empresa, ya que el actor efectivamente se reincorporó el día 7 y cubrió todo el trabajo del fin de semana, no exento de molestias, necesitando la ayuda de sus compañeros. El » ok» y » estupendo» recibido por parte de la empresa, otorgó al trabajador la confianza suficiente en la justificación que había prestado, cumpliendo debidamente su palabra de reincorporase al día siguiente.

3 de diciembre de 2023
Derecho a la desconexión digital.

Trabajadora española es despedida por llamar y enviar mensajes de WhatsApp en forma insistente a compañeros de trabajo durante sus vacaciones.

A pesar de la cercanía temporal existente entre la baja de la recurrente y el despido, lo cierto es que la empresa ha demostrado que su decisión nada tenía que ver con esta situación, pues como consta en la fundamentación con carácter fáctico, se le insta a que en periodo de baja no dedique sus esfuerzos a la vida laboral, sino que descanse y que se desconecte.

1 de diciembre de 2023
Buena fe contractual.

Conductor de camión que fue desvinculado por grabar videos para Tik Tok durante la conducción, se ajusta a derecho resuelve un tribunal español.

Se trata de grabaciones carentes de sentido y utilidad, sin una finalidad, cuya realización, necesariamente, le obligaba, siquiera por unos instantes, que pueden ser preciosos para la seguridad vial, reflexionar sobre el objeto y la vida de los demás usuarios de la carretera, además la suya propia, a desviar su inexcusable atención circulatoria, lo que hace que el cese deba ser calificado como procedente.

25 de noviembre de 2023
España.

Uso de conversaciones de WhatsApp para fundar el despido de trabajadora realizadas desde un celular de la empresa no vulnera su derecho a la intimidad ni el secreto de las comunicaciones.

No se ha probado que la decisión extintiva acordada por la empresa demandada, en si misma considerada, pretendiera la vulneración de derechos fundamentales o libertades públicas de la trabajadora, ni que el móvil del empresario al acordar el despido respondiera a una causa vulneradora de esos derechos fundamentales lo que legalmente llevaría aparejada la nulidad del despido, según dispone la norma Estatutaria.

14 de septiembre de 2023
Argentina.

Los emojis no son un signo inequívoco de la manifestación de voluntad en el ámbito de las comunicaciones digitales, resuelve un tribunal argentino.

En la medida que su interpretación puede fluctuar según el contexto y la percepción del receptor, estos íconos no constituyen en si una expresión de manifestación de voluntad con efectos jurídicos vinculantes. En esencia, no alcanzan el estándar de «signo inequívoco» que exige la norma, circunstancia que -en juicio- impone complementar la evidencia con otros medios de prueba para despejar cualquier duda acerca de la intención del emisor.

12 de septiembre de 2023
Transgresión de la buena fe contractual.

Despido de trabajadora de servicio técnico que sumergió el iPhone de un amigo en el lavamanos para que pudiera cobrar el seguro, se ajusta a derecho.

El hecho es de gravedad suficiente para determinar el despido dado que la causación de daños intencionados para que el producto no pueda ser objeto de reparación y así favorecer al cliente, entraña un intento de fraude manifiesto al seguro y una conducta no admisible para el empleador, resuelve tribunal español.

8 de septiembre de 2023
España.

Trabajador que disminuyó deliberadamente su rendimiento laboral para expresar su disconformidad con su empleador es despedido justificadamente.

El actor debió haber acudido a la vía judicial en defensa de sus derechos, y no incumplir el contrato de trabajo, ya que la única forma de reivindicar sus derechos en este marco es mediante el ejercicio del derecho de huelga o por vía judicial, y no con medidas de presión encubiertas que no están amparadas por norma legal alguna, sino que son objeto de sanción conforme a la normativa.

8 de junio de 2023
España.

Es nulo despido de trabajador que fue desvinculado a pesar de contar con licencia médica por una autolesión. Deberá ser readmitido por su empleador.

No puede deducirse que la empresa demandada haya cumplido las exigencias legales y jurisprudenciales a las que se ha hecho referencia para destruir los indicios de vulneración de derechos fundamentales aportados de contrario. Ha de concluirse que se ha vulnerado el derecho fundamental a la igualdad y no discriminación del trabajador.

3 de mayo de 2023