Dado que la propiedad del actor tiene un destino comercial, la negativa denunciada, basada en motivos que contradicen los efectos inherentes a dicha naturaleza, carece de justificación, especialmente cuando se fundamenta en reglas no establecidas en el reglamento de copropiedad. Lo anterior transgrede el derecho de propiedad que establece que nadie puede ser privado de sus facultades esenciales de dominio, salvo en casos previstos por la ley, como la expropiación por interés general.
16 de enero de 2025