El magistrado estableció que la demandada vulneró el derecho a la no discriminación y a la libertad de emitir opinión del trabajador.
Desvinculación
Perú es responsable por las violaciones ocurridas como resultado del cese en el empleo de 184 trabajadores del Congreso.
Prescripción de la acción de cobro de obligaciones previsionales impagas es confirmada por la Corte Suprema.
Docente que se encuentra en plan de superación profesional puede ser desvinculado del servicio si su evaluación previa lo califica en nivel básico.
Retiro temporal de funcionario de la PDI mientras se tramita sumario no constituye sanción disciplinaria, y al no acreditarse vulneración a los derechos fundamentales que invoca en la tutela laboral esta debe ser rechazada.
El tribunal de primera instancia descartó la vulneración de derechos fundamentales en la decisión de separar de funciones al ex policía, al considerar que tal medida se tomó en base a antecedentes objetivos y verificables que daban cuenta de faltas a la ética y probidad del funcionario.
Desvinculación de personal de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región del Bio-Bío, obedeció a un proceso de modernización y reestructuración del órgano.
Cambios en la estructura del órgano recurrido obedecieron a disposiciones de Contraloría Regional, y no existió discriminación por diferencias políticas como acusaron los recurrentes.
Norma que permite exigir en sede de tutela laboral el reintegro de una funcionaria municipal a la que se le puso término a su contrata, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El municipio estima que aplicarle dicho precepto afecta su autonomía como ente municipal y desconoce la normativa especial aplicable en la materia.
Normas que excluyen al personal de Fábricas y Maestranzas del Ejército (FAMAE) de la aplicación del Código del Trabajo, se declaran inconstitucionales.
Por unanimidad se declaró que los preceptos impugnados configuran una desprotección del trabajador, comprometiendo su libertad de trabajo y sus garantías mínimas de protección.
Corte de Apelaciones de Santiago anuló de oficio el fallo recurrido y, en sentencia de reemplazo, acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones de trabajador desvinculado, tras 10 años de servicios de municipalidad.
El Tribunal de alzada estableció la existencia de una relación laboral de larga data entre las partes y no la asignación de tareas puntuales y específicas.
La desvinculación por la poca eficiencia del servidor público, amparado por la confianza legítima, se debe llevar a cabo por sumario administrativo y calificaciones.
El sumario administrativo y las calificaciones en modo alguno se relacionan con la causal objetiva exigible para la no renovación de las contratas de quienes se encuentran amparados por la confianza legítima.