Corte de Santiago revocó sentencia condenatoria y absuelve a los acusados por la muerte del ex Presidente Eduardo Frei Montalva.
Los hechos que se tuvieron por acreditados en relación al envenenamiento del fallecido no resultan subsumibles a la descripción típica del delito de homicidio en ninguna de las formas que contempla el artículo 391 del Código Penal.