Las reformas introducen disposiciones que permitirán la suspensión de derechos fundamentales durante estados de emergencia y reducen los requisitos legales para la intervención de las fuerzas armadas en tareas de seguridad interna, bajo el argumento de preservar la estabilidad del Estado.
Dictadura
Informe que denuncia graves violaciones a los derechos humanos en Venezuela tras las recientes elecciones presidenciales, se publica por la ONU.
Absolución de agentes de la Armada que participaron en homicidio de una persona en 1974, se confirma por la Corte Suprema.
Orden de arresto contra el líder opositor Edmundo González se emite en Venezuela.
Fisco debe pagar 120 millones de pesos a hijos de detenido desaparecido durante la dictadura cívico militar.
El padre de los demandantes fue detenido por agentes del Estado en 1974, y desde aquella época no se tienen noticias de su paradero, por lo que el Fisco debe indemnizar a los actores que quedaron huérfanos a temprana edad, sin excusarse en disposiciones de derecho interno para eludir su obligación de reparación integral respecto de víctimas de crímenes de lesa humanidad.
Premio Nacional de Derechos Humanos 2024 recae en Claudio González Urbina, secretario ejecutivo de FASIC.
Por su extenso trabajo en defensa de la memoria, la verdad, la justicia, la reparación y las medidas de no repetición para las víctimas de las violaciones a los DDHH.
En el proceso penal inquisitivo no se dispone de una forma especial de notificación distinta al estadio diario para que condenado declare por posible incumplimiento de medida cautelar.
No obstante lo anterior, previo a la adopción de la resolución que en Derecho corresponda por parte del Ministro Instructor, debe ser oída la defensa del amparado, con el fin de que haga valer todos los antecedentes que estime pertinentes.
INDH abre convocatoria a Premio Nacional de Derechos Humanos 2024.
La postulación puede realizarse a través de un formulario disponible en forma on line. De todos modos, las personas podrán presentar candidaturas en formato impreso en las sedes del INDH.
Estudiante universitario condenado a muerte por un Consejo de Guerra y ejecutado en 1973, es absuelto de forma póstuma por la Corte Suprema.
La víctima fue fusilada por funcionarios de la Armada, luego de reconocer su autoría en delitos relativos al transporte y almacenamiento de explosivos. No obstante, el máximo Tribunal estimó que dicha condena se obtuvo en un procedimiento viciado carente de garantías procesales mínimas, en que la convicción condenatoria se formó con la sola confesión del sentenciado, obtenida tras largas sesiones de tortura.
Investigación por muerte del poeta Pablo Neruda no se encuentra agotada por existir diligencias pendientes que podrían aportar al esclarecimiento de los hechos.
Como diligencia pendiente se encuentra el peritaje caligráfico del certificado de defunción, en cuanto consigna una causa de muerte inexistente, cual es, la “caquexia cancerosa”, en circunstancias que las pericias efectuadas por el panel de expertos, la descartan.
Condena de 15 años y un día de cárcel a ex funcionario de Carabineros que asesinó a tres detenidos en septiembre de 1973 se confirma por la Corte Suprema.
El condenado y sus subalternos asesinaron a tiros a tres detenidos mientras eran trasladados desde la ciudad de Calama hacia Antofagasta, dejando sus cuerpos en el desierto, en el sector del Salar del Carmen. El máximo Tribunal estimó que su argumento de nulidad sustancial era contradictorio, pues acusaba que su participación en el ilícito no estaba definida, pero invocó el artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, que en sí mismo reconoce la participación de quien recurre de nulidad sustancial.
Se instaló la primera Mesa Técnica Interinstitucional de Archivos Públicos a fin de avanzar en el Plan de Búsqueda de víctimas durante la dictadura.
El Plan de Búsqueda tiene como objeto, esclarecer las circunstancias de desaparición y/o muerte de las personas víctimas de desaparición forzada y su paradero; garantizar el acceso a la información y participación de las y los familiares y la sociedad respecto de los procesos de búsqueda de víctimas de desaparición forzada e; implementar medidas de reparación y garantías de no repetición de la comisión del crimen de desaparición forzada.
No hay ninguna razón para que el acuerdo que supone la pertenencia a una asociación ilícita por parte de militares durante la dictadura, no pueda ser tácito, resuelve Corte Suprema de Argentina.
Resulta incoherente negar que en el caso se haya demostrado la existencia de un grupo integrado por más de tres personas, vinculadas por el objetivo común de ejecutar el plan de represión ilegal, lo que implicaba la comisión de un número indeterminado de delitos mediante el aporte previamente determinado de cada miembro, y que ese vínculo tenía carácter estable y permanente, de modo tal que la estructura predispuesta para alcanzar aquel objetivo se mantuvo activa por años.
Norma que no permite alegar la prescripción de los delitos de lesa humanidad, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la norma legal objetada infringe la irretroactividad de la Ley penal, la libertad personal y seguridad individual, la igualdad ante la ley, al impedir las prescripciones totales o graduales conforme a las reglas del Código Penal, en circunstancias que, si no se hubiese aplicado el precepto impugnado, los hechos habrían prescrito en 1985 y 1996, desde se le imputó la participación por hechos cometidos en los años de 1973 y 1981.