Dilación injustificada

Servicio Nacional de Migraciones debe pronunciarse en el plazo de 60 días respecto de una solicitud de regularización migratoria ingresada en febrero de 2023.

Resolvió que la autoridad administrativa infringió los principios de celeridad, conclusividad, economía procedimental e inexcusabilidad, dilatando indebidamente la decisión sobre la solicitud de regularización y excediendo el plazo establecido por la Ley N° 19.880, discriminando a la recurrente en comparación con otros interesados que recibieron respuestas formales en plazos razonables.

26 de octubre de 2024