Dirección del Trabajo

Acción de protección acogida.

Carta certificada fue devuelta por lo que no puede entenderse notificada la multa impuesta por la Dirección del Trabajo y debe restituirse los dineros retenidos por Tesorería, resuelve Corte de Antofagasta.

La recurrida reconoce que la resolución de multa no ha sido debidamente notificada, pero una vez que trascurrieron los plazos para reclamar (judicial o administrativamente) el sistema automáticamente cargó la multa al sistema de cobro de Tesorería General de la República, sin advertir aquella situación.

21 de noviembre de 2023
Gozan si de fuero laboral.

Dirección del Trabajo no emite pronunciamiento si el empleador debe continuar pagando las remuneraciones de un trabajador candidato al Consejo Constitucional, hasta el día de la elección o el término de su mandato, si es electo.

Lo anterior, dado que el pago de la remuneración es una contraprestación del empleador (que nace por la ejecución de una labor o del servicio material o intelectual del trabajador). Sin perjuicio, los Consejeros pueden acordar con sus empleadores el pago de sus remuneraciones.

21 de agosto de 2023
Ordinario de la Dirección del Trabajo.

Resolver sobre medidas para mejor resolver en un procedimiento de fiscalización es competencia del Jefe de la Unidad de Inspección de la Inspección del Trabajo respectiva y no del Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo.

Respecto a la consulta sobre la interpretación de una cláusula de un contrato colectivo que establece un bono de desempeño, indica que puede ser aplicable la regla de la conducta (asentada en el Ordinario N°2734 del 2014), que permite modificar o complementar estipulaciones expresas del contrato, por la aplicación práctica que las partes hayan dado al mismo.

31 de mayo de 2023
Artículos 5, inciso 1, y 154 del Código del Trabajo.

Mecanismo de seguridad en la empresa para revisión de trabajadores debe tener carácter puramente preventivo y despersonalizado, y encontrarse regulado en el Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad, dictamina la Dirección del Trabajo.

Toda medida de control o vigilancia que desee implementar el empleador en cuanto pueda afectar la intimidad, la vida privada o la honra de los trabajadores debe ceñirse a los criterios asentados en el Dictamen N°2210/035 de 2009.

7 de mayo de 2023
Páginade 23