Divorcio por cese de la convivencia

Para acreditar el cese de la convivencia en procedimientos de familia rige el principio de libertad de prueba y las partes pueden ofrecer los medios probatorios de que dispongan.

Incluso pueden solicitar otros de los que tengan conocimiento y no dependan de ellos pidiéndolo al juez para que de oficio ordene se acompañen, como también, los que a juicio de éste resulte necesario producir en atención a la materia de que se trate. La prueba rendida se valora conforme a las reglas de la sana crítica, que supone ponderarlos bajo criterios de racionalidad.

9 de diciembre de 2024