La negativa de eliminar la anotación prontuarial de una condenada por giro doloso de cheques en el año 2000, no es arbitraria ni ilegal, debido a que el artículo 8 letra b) del Decreto Suprema Nº64 de 1960 prohíbe la eliminación de los antecedentes a quienes se han beneficiado de la declaración de prescripción de la pena.
18 de noviembre de 2023