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El proyecto de ley que da solución a la deuda histórica de profesores y profesoras propone un monto de $4 millones 500 mil pesos por persona, reajustable, cuyo pago será progresivo, abarcando al universo total de docentes en un plazo de 6 años.
El proyecto de ley que da solución a la deuda histórica de profesores y profesoras propone un monto de $4 millones 500 mil pesos por persona, reajustable, cuyo pago será progresivo, abarcando al universo total de docentes en un plazo de 6 años.
No obstante, ante la ausencia transitoria de un docente, los asistentes de la educación profesionales, preferentemente psicopedagogos, podrán ser destinados a cubrir una determinada clase.
Sobre cada alumno, en tanto miembro de la comunidad educativa, y como contrapartida de los derechos que les asisten, pesan deberes expresamente contemplados en la normativa educacional, cuyo incumplimiento puede y debe ser objeto de investigación y corrección.
En caso de no ser posible, el empleador estará obligado a destinar a la persona gestante a labores en las que no tenga contacto con personas que carezcan de la calidad de trabajadores del establecimiento educacional, con acuerdo de la trabajadora, cuando sea posible.
El contenido del recurso denota que la parte demandada no está conforme con la aplicación e interpretación que se realizó en el fallo del artículo 87 del Estatuto Docente y 172 del Código del Trabajo, lo cual guarda relación con una causal de nulidad distinta a la que invocó, a saber, aquella establecida en el artículo 477 del mismo Código, en su hipótesis de infracción de ley.
No se consideró el origen de la licencia médica, y que la actora, al momento del despido, ya se encontraba de alta, reintegrada en sus funciones, por lo que no se dan razones para considerar su condición de salud incompatible con su función docente.
Asimismo, la declaración de vacancia del cargo por este motivo, se dispone sin mediar declaración de salud irrecuperable o, lo que es lo mismo, cuando la autoridad técnica establece que su salud es recuperable.
La iniciativa busca terminar con la doble evaluación de los educadores, fortaleciendo procesos de inducción y acompañamiento.
Esta facultad se mantiene aun cuando los beneficiarios de la Beca la mantengan documentada por medio de un pagaré y no hayan reemplazado dicha obligación por un convenio.
Cualquier comunicación referente a la forma en que los docentes son evaluados, resulta positiva, considerando adicionalmente la calidad de la educación como eje principal de las demandas ciudadanas de los últimos años.
Dada la naturaleza excepcional de las normas del derecho de opción con el que cuentan los profesionales de la educación, no es posible extenderlas a otras situaciones no previstas en la normativa.