La violencia propia del deporte escapa al código penal, mientras que no se traspase los límites establecidos por el reglamento, ya que el Estado admite la legitimidad del fin perseguido por los particulares y el consentimiento recíproco de estos interviene para aceptar las consecuencias propias del deporte, dentro de las cuales se encuentra la posibilidad de lesiones más o menos graves, siempre que se desarrolle dentro de las limitaciones reglamentarias.
12 de junio de 2024