Educación pública

Ley Karin y Educación Pública: Martillando con una cuchara, por Mauricio Ignacio Figueroa Hernández.

El siguiente texto plantea una mirada crítica de la aplicación de procedimientos disciplinarios para investigar acoso laboral o situaciones de violencia en el trabajo en el área de la educación pública, toda vez que existe una incompatibilidad derivada de la aplicación de principios penales aplicados al derecho administrativo sancionador como la proporcionalidad y las sanciones disponibles, de modo que en la mayoría de estos casos debe elegirse forzadamente entre impunidad o un castigo cuya severidad vulnera el principio antes referido.

11 de enero de 2025

Colegio municipal no se encuentra obligado a proporcionar a estudiante con necesidades educativas especiales un “Tutor Sombra” particular.

3 de julio de 2024
Sin perjuicio de lo establecido en la Ley TEA, las condiciones del presente caso, dicen relación con patologías y comorbilidades complejas, cuyo número, entidad, tratamiento, requerimientos asistenciales, mecanismos de control de los riesgos de auto o heteroagresión, y efectos en el comportamiento, no ha podido, ni corresponden ser determinadas por la vía de protección.
Contraloría General de la República.

Atendida la falta de infraestructura pública y las condiciones climáticas en Magallanes, SLEP de la ciudad puede facilitar establecimientos para actividades comunitarias.

Procede la celebración de convenios para el uso de ciertas instalaciones de establecimientos educacionales, a cargo del Servicio Local de Educación Pública de Magallanes, para el desarrollo de actividades comunitarias o de interés general, siempre que no se afecte la prestación del servicio educacional.

10 de mayo de 2024
Recurso de protección acogido por Corte Suprema.

Corporación Municipal de Antofagasta incurre en ilegalidad al no garantizar las condiciones de higiene ambiental y salubridad para el funcionamiento de los establecimientos educacionales.

La Corporación tiene el deber de contar con la autorización del Servicio de Salud para la entrega de alimentación en el establecimiento; mantener la estructura de los pisos, muros, cielos y techumbre en buen estado, de modo que no presenten riesgos y garanticen la seguridad de los usuarios; y contar con el personal idóneo.

22 de marzo de 2024
Contraloría General de la República.

No procede traspasar inmueble en que funciona jardín infantil al Servicio Local de Educación Pública Atacama por cuanto no está destinado exclusivamente a la prestación del servicio educacional.

Durante más de 20 años existió un funcionamiento compartido de sede social y jardín infantil, por lo tanto, al estar emplazado en un inmueble que no está destinado exclusivamente a la prestación del servicio educacional, el jardín infantil aludido queda excluida del traspaso.

17 de enero de 2024
Reclamación acogida por Corte de San Miguel.

Para determinar el quantum de la multa por la infracción en que incurrió la Corporación de Educación debe tenerse presente que al matricular a más estudiantes de los cupos totales reportados perseguía satisfacer la demanda por educación de un sector rural.

El haber matriculado estudiantes por sobre los cupos informados previamente por el establecimiento, sin autorización de la SEREMI, no es una infracción de una entidad suficiente para ser considerado como menos grave sino más bien como una de carácter leve.

8 de agosto de 2023