Lo anterior, sin perjuicio de la prosecución de la cobranza judicial hasta obtener la íntegra solución de la obligación con sus respectivos intereses, reajustes y recargos, según el procedimiento ejecutivo aplicable.
Empleador
Norma que restringe los representantes que el empleador puede designar como mandatario para absolver posiciones, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Prescripción de cinco años de acción de perjuicios del trabajador que padece enfermedad profesional con discapacidad contra su empleador, se cuenta desde la fecha del diagnóstico que sirve de fundamento inmediato al requerimiento.
Negativa de entregar pasaporte a deudora de cotizaciones provisionales no es ilegal, por mantener orden de arresto vigente, resuelve Corte de Valparaíso.
Orden de arresto contra empleador por cotizaciones impagas vulnera su seguridad individual por estar gravemente enfermo, resuelve Corte de Valdivia.
Tal situación vuelve particularmente gravosos los apremios impuestos, más aún si se considera que la Ley Nº17.322 contempla la posibilidad de obtener el pago por otras vías.
Dirección del Trabajo emite pronunciamiento sobre exclusión de limitación de jornada, medios de supervisión, sistemas de registro y control de asistencia.
A partir de la entrada en vigor del artículo 33 del Código del ramo, esto es, a partir del día 26.04.2024, los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia y horas de trabajo deberán ajustar sus características y procesos a las condiciones que fije la Dirección del Trabajo.
Multirut: en qué consiste la normativa que redefine el concepto de empresa y establece un procedimiento judicial para evitar la subdivisión interesada de una empresa en varias razones sociales.
Se considera que hay un solo empleador para efectos laborales y previsionales cuando dos o más empresas tienen una dirección laboral común, y cumplen con condiciones como la similitud o necesaria complementariedad de los productos o servicios que elaboren o presten. También se considera que es un solo empleador cuando hay un controlador común.
Feriado legal del personal no docente de establecimientos educacionales particulares pagados debe ejercerse en los meses de enero y febrero.
Se aplica a su respecto el artículo 74 del Código del Trabajo, por lo que el beneficio no puede suspenderse, o trasladarse a una época distinta de aquella que corresponde a la interrupción de actividades escolares-, por el hecho de haberse hecho uso de licencia médica.
Personas trabajadoras bajo régimen de subcontratación que se hayan desempeñado durante la pandemia como guardias de seguridad, auxiliares de aseo u otros en establecimiento de salud privados, tienen derecho al descanso reparatorio.
Se les reconoce su labor durante la pandemia, con indiferencia si prestaron servicios en una empresa principal o contratista.
Dirección del Trabajo emite pronunciamiento acerca de las obligaciones y medidas que debe adoptar el empleador ante la exposición de las personas trabajadoras a temperaturas extremas.
El empleador debe resguardar la vida y salud, informado de los posibles riesgos asociados al trabajo, mantener las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, y poner a disposición implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
Dirección del Trabajo establece las condiciones para que el comercio pueda funcionar, o no, durante la jornada del próximo plebiscito constitucional.
Trabajadores que por la naturaleza de sus funciones están exceptuados del descanso en domingos y festivos, deberán laborar el 17 de diciembre. Estos trabajadores tendrán derecho a ausentarse de sus labores por al menos dos horas para poder concurrir a votar.
Procede la entrega de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna si la localidad en que desarrolla el trabajo la madre no cuenta con sala cuna autorizada.
Si no existen salas cunas privadas con reconocimiento o autorización de funcionamiento en una localidad, el empleador está impedido de dar cumplimiento a su obligación en la forma prevista por la ley, de manera que la obligación de proporcionar el beneficio de sala cuna se puede cumplir a través de la entrega de un bono compensatorio.
Carta certificada fue devuelta por lo que no puede entenderse notificada la multa impuesta por la Dirección del Trabajo y debe restituirse los dineros retenidos por Tesorería, resuelve Corte de Antofagasta.
La recurrida reconoce que la resolución de multa no ha sido debidamente notificada, pero una vez que trascurrieron los plazos para reclamar (judicial o administrativamente) el sistema automáticamente cargó la multa al sistema de cobro de Tesorería General de la República, sin advertir aquella situación.
Dirección del Trabajo emite pronunciamiento que refuerza el deber de protección de los derechos de los trabajadores afectados por sistema frontal.
Si bien cada situación debe ser analizada en particular, la regla general indica que los atrasos o ausencias de los trabajadores afectados, califican como circunstancias imponderables, que no deben ser sancionados.