Empresa Nacional del Petróleo (ENAP)

Recurso de protección contra ENAP por intoxicación masiva debido a la emisión de gases contaminantes en Quintero y Puchuncaví, se acoge a trámite por la Corte de Valparaíso.

Los recurrentes sostienen que los actos y omisiones de la recurrida, esto es, la dispersión a la atmósfera de diversos gases peligrosos para la salud humana, en niveles mayores de los permitidos y de forma irracional, sin considerar las condiciones del viento del momento, el efecto de sinergia por la zona en que se ubican las actividades industriales próximas a poblaciones, sin dar aviso previo a las autoridades y a los habitantes de las comunas aledañas, son actos arbitrarios e ilegales que afectan el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y el derecho a la salud física, síquica y social de los afectados.

25 de agosto de 2024

ENAP se encuentra obligado a comunicar hechos esenciales a la CMF, dictamina la Contraloría.

27 de noviembre de 2022
Debe informar toda situación que a su juicio altere el funcionamiento de la compañía –por ejemplo aquellos que afecten su rendimiento, los que dicen relación con sus activos o pasivos, los que comprendan su situación financiera, entre otros-. La calificación de hecho esencial es flexible y pueden tratarse incluso de situaciones preliminares.