La recurrente objetó el acto acusando simulación, porque el bien raíz fue enajenado por el demandado en un precio muy inferior al real, con la intención de transferirlo a un tercero y así evitar que el inmueble fuera parte de la liquidación de la sociedad conyugal que enfrentaban ambas partes por ser ex cónyuges.
15 de febrero de 2023