Informe de COSAM que da cuenta de una esquizofrenia paranoide y certificado de discapacidad psíquica del Registro Civil, no son antecedentes suficientes para presumir la inimputabilidad por enajenación mental del amparado, resuelve la Corte de Santiago.
Corresponde al Juez de Garantía ponderar si los antecedentes que aparecen en el proceso tienen la entidad suficiente para presumir la inimputabilidad del inculpado.