El máximo Tribunal confirmó la condena y descartó que se haya vulnerado la inviolabilidad de las comunicaciones, basada en una discrepancia entre la apertura de la encomienda por los policías, y la hora en que el Ministerio Público autorizó la diligencia, actuación que se ajustó a derecho por fundarse en una denuncia previa.
15 de diciembre de 2022