La conducta denunciada, el corte de suministro eléctrico, fue subsanada con el restablecimiento del servicio tras un convenio de pago con ENEL. Dado que el riesgo de un nuevo corte de electricidad fue eliminado y el pago se encuentra al día, no se observó vulneración actual de derechos constitucionales.
Enel
Resolución de la SEC incumple deber de fundamentación de los actos administrativos al considerar que facturación de ENEL se ajusta a parámetros establecidos, sin detallar cálculos ni factores considerados.
ENEL no está sujeta a exigencia de obtener permisos municipales para ejecutar trabajos de distribución eléctrica, ya que la ocupación de bienes nacionales de uso público lo garantiza la normativa sectorial.
Recurso de protección de Municipalidad de Renca contra ENEL por demora en restablecer el suministro eléctrico tras frente de mal tiempo, se rechaza por la Corte de Santiago.
Cortes de electricidad tras temporal: respaldan término de la concesión de Enel.
Los senadores calificaron como «inaceptable» la actitud que han asumido las empresas distribuidoras y realizaron críticas al órgano fiscalizador asegurando que “no basta con cursar multas que, por lo demás, son bajísimas pensando en la rentabilidad de las compañías”.
Cortes de electricidad tras temporal: Comisión del Senado respalda término de la concesión de Enel.
Calificaron como «inaceptable» la actitud que han asumido las empresas distribuidoras y realizaron críticas al órgano fiscalizador asegurando que “no basta con cursar multas que, por lo demás, son bajísimas pensando en la rentabilidad de las compañías”.
Corresponde al actor probar el dominio que el demandado de cobro de pesos tiene sobre el inmueble en que recae la deuda por servicio de suministro eléctrico para que prospere la acción, resuelve la Corte Suprema.
La empresa ENEL, al ser quien exige el pago de la deuda, debía probar que el demandado efectivamente tenía el dominio sobre el inmueble que recibió el servicio, no siendo instrumento útil la boleta del suministro, por lo tanto, los jueces de fondo yerran al invertir la carga de la prueba y pedir al demandado que acredite que no es dueño del predio que generó la deuda.
Norma que establece que tendrá mérito ejecutivo el certificado que acredite la deuda de derechos municipales emitido por el secretario municipal, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que las normas legales objetadas infringen la igualdad ante la ley, el derecho a un racional y justo procedimiento, el derecho de propiedad y el principio de seguridad jurídica, desde que permite que el acreedor genere unilateralmente y sin la intervención del demandado títulos ejecutivos respecto de obligaciones que no existen, adicionando, intereses desproporcionados.
Reclamo de ilegalidad de la ley eléctrica es de derecho estricto por lo que la jurisdicción solo debe verificar si la SEC actuó dentro de la legalidad y en el ejercicio de sus atribuciones
SEC cuenta con facultades legales para exigir a empresas de distribución eléctrica la presentación de Planes de Contingencia ante la ocurrencia de cualquier evento de la naturaleza, climático o derivado de fallas y/o desconexiones, que pudiesen afectar la continuidad del suministro de electricidad a usuarios finales, sean o no responsabilidad de la empresa distribuidora o atribuibles a una fuerza mayor o caso fortuito, y a proporcionar información oportuna.
Corte de Santiago acoge recurso de protección por cobros excesivos de cuentas de electricidad.
La Cuarta Sala del tribunal de alzada consideró que hubo actuar arbitrario de la compañía al realizar cobros excesivos y no atender los reclamos del usuario.
ENEL debe reponer el suministro eléctrico de adulta mayor que padece diabetes para que pueda mantener su insulina refrigerada.
El corte eléctrico impide mantener refrigerada la insulina que requiere para el tratamiento de la diabetes que padece, haciendo peligrar así su vida e integridad física.
Corte de Santiago ordena a empresa eléctrica eliminar registro de deuda cobrada al recurrente, quien no es el titular.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de Enel y le ordenó restituir a la parte recurrente la suma de $57.093 pagados por concepto de intereses por mora, cuyo cumplimiento deberá informar en el plazo de 10 días, contados desde que la sentencia quede a firme.
Corte de Santiago confirma multa por 35.611 UTM a distribuidora de electricidad por interrupciones graves del suministro.
El Tribunal de alzada descartó actuar arbitrario de la entidad fiscalizadora al sancionar a la recurrente.
La obligación de informar a clientes las interrupciones del servicio eléctrico forma parte de la calidad de servicio. Comprende la información de cuándo será reestablecido el suministro, lo que debe actualizarse permanentemente.
El deber de emplear adecuados mecanismos de atención no se agota en la sola disposición de canales hacia al público, es necesario que ellos estén habilitados y funcionando, especialmente, en el caso de una emergencia climática.