Energía eléctrica

Norma que impone al dueño del predio el costo asociado al traslado de líneas de distribución de energía eléctrica, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, la igual repartición de las cargas públicas, el derecho de propiedad y el principio de seguridad jurídica, desde que no tiene por qué responder por una función social o pública, ya que la distribución de dicha carga no está fundada en criterios igualitarios ni equitativos, menos, si se le priva de un atributo esencial de su derecho real, en concreto, de la facultad de usar y disponer de la cosa, sin que exista una ley general o especial que autorice esta expropiación por causa de utilidad pública o interés nacional.

26 de abril de 2024

Segundo Tribunal Ambiental realizó audiencia en reclamación de la Municipalidad de Parral que solicita caducidad de RCA de proyecto de generación eléctrica en Maule.

1 de marzo de 2023
El proyecto consiste en la construcción y operación de una planta generadora de energía eléctrica a través de biomasa, con una capacidad instalada de 2,9 MW. Considera como combustible para su funcionamiento, cascarilla de arroz, paja y en caso alternativo biomasa forestal no tratada con un funcionamiento previsto de 8.200 horas al año.
La compañía eléctrica se había negado a continuar con el proyecto.

Tribunal Constitucional de Perú reconoce por primera vez el acceso a la energía eléctrica como un derecho fundamental no enumerado en la Constitución.

Es un derecho fundamental que requiere de la infraestructura adecuada para su ejercicio, por lo que las autoridades pertinentes deben hacer observancia de los requisitos legales para su goce y así evitar su postergación a los sectores más vulnerables de la sociedad.

5 de agosto de 2022
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