Entrega controlada

Intervención de agente encubierto no requiere de autorización judicial previa para actuar en investigaciones por delitos relativos a la Ley N°20.000, de drogas.

En atención a la relevancia social del delito de tráfico de estupefacientes, así como al bien jurídico vulnerado, el legislador ha dotado de flexibilidad a las investigaciones por esta clase de ilícitos, debiendo estar el agente encubierto autorizado únicamente por el Ministerio Público, como ocurrió en este caso.

2 de diciembre de 2024

Condena impuesta a acusado de traficar cocaína desde Argentina hacia Punta Arenas, se confirma por la Corte Suprema.

23 de mayo de 2024
Mediante la técnica de “entrega controlada”, personal de la PDI detuvo al acusado al momento en que recibía un paquete de cocaína de manos de un camionero argentino. El imputado intentó excusarse alegando que desconocía el motivo del viaje, y que solo era un “acompañante” del conductor del vehículo, y que había sido llevado al lugar con la intensión de comprar unos repuestos para un automóvil, no obstante, la magistratura tuvo por acreditado el dolo criminal del acusado, al observar que él era el contacto con el transportista para la entrega del alcaloide.