El requirente alega que la norma legal objetada infringe el debido proceso, el principio de legalidad y el artículo 61, inciso segundo, de la Constitución, desde que a pesar de que la Carta Magna admite únicamente la posibilidad de apelar en contra de la resolución que acoge la solicitud de desafuero, el Tribunal de Alzada admitió el recurso de apelación en contra de la sentencia que rechazó la solicitud de desafuero para que conozca de esta la Corte Suprema.
13 de junio de 2024