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La jueza acogió la acción al no supervisar la conducta de uno de sus dependientes.
La jueza acogió la acción al no supervisar la conducta de uno de sus dependientes.
El actor reconoció que al no estipularse la cláusula que faculta al portador de copia autorizada a solicitar la inscripción, debían ir ambos contratarse a realizar la diligencia, sin embargo, alega que eso es imposible de cumplir, toda vez que la vendedora falleció hace años.
El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que confirmó la de primera instancia que rechazó la demanda.
Tanto el Conservador como el Tribunal de primera instancia rechazaron la petición de modificación de deslindes y cabida del bien raíz, ya que tal solicitud debía estar precedida de un decreto municipal o resolución que lo permitiera y porque al rectificar podrían verse afectados derechos de terceros.