Establecimiento comercial

Normativa medioambiental por ruidos molestos no se transgrede por el establecimiento comercial que realiza publicidad sonora a través de un parlante ubicado al interior de su local al no acreditarse que traspase los decibeles permitidos.

El recurrente acompañó una fotografía que supuestamente demostraba la vulneración al artículo 19 N°8 de la Constitución, sin embargo, la Corte estimó que dicho medio era insuficiente para acreditar que la emisión de ruidos superaba los niveles autorizados por la norma respectiva.

27 de octubre de 2022