Establecimientos educacionales

TC rechazó la inaplicabilidad con votos en contra.

Norma que establece que las Subvenciones del Estado a Establecimientos Educacionales debe pagarse a los sostenedores, salvo en el caso de medidas judiciales, no produce resultados contrarios a la Constitución.

El apremio decretado en la gestión pendiente se inserta en la filosofía propia de los juicios ejecutivos, de cualquier naturaleza, que autorizan el embargo de bienes suficientes, de lo que se desprende que la creación de una inembargabilidad especial para los fondos constitutivos de la subvención escolar, dejaría al ejecutante en situación de desprotección frente al deudor.

24 de marzo de 2023
Dictamen de la Superintendencia de Educación

Los estudiantes son titulares del derecho de matrícula en el establecimiento que han sido admitidos, independiente del tipo de financiamiento de éstos.

En el evento que los establecimientos educacionales no respeten este derecho, se puede recurrir ante la Superintendencia de Educación para que se tomen las medidas pertinentes, pudiendo iniciarse un procedimiento sancionatorio en caso de eventuales infracciones a la normativa educacional.

6 de marzo de 2023