Respecto de la única causal invocada, se aprecia su total falta de fundamentación, dado que no ha señalado la manera en que se habría incurrido en la vulneración del estándar probatorio que exige la ley, que por lo demás no precisa; ni la forma en que se habría infringido el principio de razón suficiente.
Estafa
Corte de Santiago ordena la prisión preventiva de imputado por delitos económicos, tributarios y estafa en el caso Factop.
Particular retiró montos de su propiedad depositados por error en su “cuenta dos” de la AFP, por lo que el sobreseimiento definitivo que descartó que se configurara un delito de estafa, se ajusta a derecho resuelve la Corte Suprema.
Corte Suprema confirma extradición de ex político argentino condenado por homicidio en su país.
Corte Suprema ordena a Banco Scotiabank pagar a cliente los 15 millones de pesos sustraídos desde su cuenta corriente por terceros mediante fraude.
El máximo Tribunal sostuvo que la entidad bancaria incumplió con su deber de seguridad, al permitir giros a nuevas cuentas por un monto mayor al mínimo, y no fiscalizar que dichas operaciones eran indiciarias de fraude al no corresponderse con la conducta financiera habitual en el cliente, infringiendo de esta forma el artículo 23 de la Ley del Consumidor.
Factop: Corte Suprema confirma la prisión preventiva de Rodrigo Topelberg Kleinkopf.
El máximo Tribunal desestimó ilegalidad en la resolución impugnada Rol N°982-2024 dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que ordenó la prisión preventiva del recurrente.
Si acto impugnado fue enmendado por los recurridos durante la tramitación de la acción, el recurso de protección pierde oportunidad.
La actora acusó que fue informada como morosa en el boletín comercial, en circunstancia que la deuda observada se produjo por una estafa, error que fue advertido por DICOM que eliminó a la recurrente del registro, por lo que el recurso de protección fue desestimado por la magistratura por falta de oportunidad.
Restitución de predio a sus legítimos dueños en la comuna de Yungay, se confirma por la Corte Suprema.
La actora denunció la usurpación -por parte de la recurrida- de gran parte de un inmueble que junto a sus hermanos heredó de su madre, el que sería utilizado para ampliar los estacionamientos de un restorán. La recurrida se allanó al recurso, indicando que fue estafada por un tercero que se hizo pasar por dueño del sitio y se lo vendió.
Juzgado de Garantía tiene la atribución de despachar orden de detención en contra de imputado que no comparece a audiencia de preparación de juicio oral, resuelve Corte de Concepción.
El certificado médico por ansiedad y trastorno del sueño que presentó no es causa suficiente para ausentarse de la audiencia. Mientras el voto en contra refiere que la comparecencia del imputado a la audiencia de preparación de juicio oral no resulta necesaria ni constituye un requisito de validez, de manera que la orden de detención aparece desprovista de razonabilidad.
Excusa absolutoria en delitos patrimoniales que involucran a familiares o parientes, no alcanza a parejas de hecho que carecen de cierta estabilidad y no tienen un proyecto común.
Una relación de pareja de hecho implica para el común de las gentes una decisión de dos personas de vinculación afectiva para compartir un proyecto común, en un marco de cierta estabilidad y en un espacio propio que excluye a otros y que interactúa con el entono psico social, lo que la víctima y la acusada no llegaron a constituir, como para hablar de convivencia que en ningún momento la hubo como tal.
Tribunal español fijó fianza de 4.7 millones de euros a acusados de haberse quedado con un boleto de lotería premiado de un cliente fallecido.
La Fiscalía solicitó 6 años de prisión por los delitos de estafa y de apropiación indebida.
Ganar en ruleta de juego electrónica luego de ser sacudida constituye el delito de estafa, resuelve el Tribunal Supremo de España.
No únicamente aquellas manipulaciones de carácter informático, sino también las manipulaciones mecánicas realizadas sobre dispositivos electrónicos, han de considerarse como «artificio semejante”.
Si se anulan exclusivamente los pronunciamientos civiles y no penales de la sentencia no se vulnera el principio non bis in idem.
La única eficacia que la cosa juzgada material produce en el proceso penal es la preclusiva o negativa consistente simplemente en que, una vez resuelto por sentencia firme o resolución asimilada una causa criminal, no cabe seguir después otro procedimiento del mismo orden penal sobre el mismo hecho y respecto a la misma persona.
Hombre fue condenado a 7 años y medio de prisión por el delito de homicidio frustrado en perjuicio de un hombre que conoció a través de una App de citas
Decidió no aplicarle la agravante de discriminación por la orientación o identidad sexual de la víctima, desde que, de la dinámica comisiva, ni de las circunstancias anteriores y posteriores a los hechos se deriva ningún dato indicativo de que el acusado actuara guiado por dicho ánimo discriminatorio intolerable.