Estatuto de Roma

Ucrania se convierte formalmente en Estado parte del Estatuto de Roma.

Ucrania invocó una disposición transitoria que restringe la competencia del CPI sobre los crímenes de guerra cometidos por sus nacionales durante un período de siete años. Este mecanismo, contemplado en el Estatuto de Roma, permite a los Estados establecer limitaciones temporales a ciertas jurisdicciones como parte de su proceso de adhesión.

7 de enero de 2025

Estados acuerdan crear un tribunal especial para juzgar la “agresión rusa a Ucrania”.

27 de noviembre de 2024
Se subrayó la importancia de garantizar que los procedimientos del tribunal respeten las normas internacionales de derechos humanos, incluyendo el derecho a un juicio justo, la imparcialidad judicial, el acceso a la representación legal adecuada y la ejecución efectiva de las resoluciones judiciales vinculantes, entre otros. estándares relevantes.

Un análisis crítico de la ley 32107: ¿Un avance hacia la reconciliación o un retroceso en los derechos humanos?, por por Rosmery Pinares y Daniela Mondragón.

4 de septiembre de 2024
Debemos considerar que el impacto de la Ley 32107 en las víctimas de crímenes de lesa humanidad y sus familias es devastador. La prescripción de estos delitos, que son imprescriptibles según el derecho internacional, no solo representa una denegación de justicia sino que también agrava el sufrimiento de quienes han luchado durante décadas para que sus voces sean escuchadas.
Firmada por 12 senadores republicanos.

Senadores estadounidenses envían carta al Fiscal de la Corte Penal Internacional amenazando con “repercusiones” si el Primer Ministro de Israel es juzgado por crímenes contra el pueblo palestino.

La Fiscalía de la CPI emitió una declaración resaltando el interés público en los casos en cuestión y promoviendo el diálogo, pero advirtió contra cualquier forma de represalia hacia la Corte, lo cual está prohibido según el Estatuto de Roma.

9 de mayo de 2024
Apelación interpuesta por Venezuela fue rechazada.

Investigación contra el régimen venezolano por la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad puede proseguir, dictamina la Corte Penal Internacional.

Un Estado que, como Venezuela, no ha incorporado los crímenes de lesa humanidad en su derecho interno, si bien no está obligado a investigar los presuntos hechos delictivos bajo la calificación jurídica de crímenes de lesa humanidad, debe, no obstante, investigar las acusaciones fácticas que sustentan los elementos contextuales de tales crímenes.

7 de marzo de 2024