Corte Peruana ordena a organismos públicos respetar la decisión de una mujer de poner fin a su vida a través de la eutanasia.
El Juzgado Constitucional declaró fundada en parte la demanda de amparo, al considerarse afectados los derechos a la dignidad, autonomía, libre desarrollo de su personalidad y la amenaza de no sufrir tratos crueles e inhumanos.