El Tribunal de alzada descartó que la información solicitada por ley de transparencia, se encuentre sujeta a reserva o secreto.
Evaluación docente
Ley que establece un sistema único de evaluación docente, fue publicada en el Diario Oficial.
Subsecretaría de Educación debe entregar el instrumento de evaluación docente.
Proyecto que establece un sistema único de evaluación docente se aprueba en la Comisión de Educación del Senado.
Respaldan proyecto que establece un sistema único de evaluación docente.
La iniciativa -que fue analizada en dos jornadas por la Cámara- termina con la doble evaluación de las y los educadores, fortaleciendo procesos de inducción y acompañamiento. Con su aprobación, pasa a segundo trámite al Senado.
Corrección a la baja del tramo asignado a profesora en la evaluación docente a pretexto de haber sido calificada erróneamente en nivel Experto, constituye un acto ilegal y arbitrario, resuelve la Corte de Valparaíso.
La Corte determinó que la decisión que afectare derechos de las personas debía estar debidamente motivada; exigencia que no satisface sólo con dar cuenta de la existencia de un error de parte de la misma Administración.
Proyecto que establece un sistema único de evaluación docente inició su estudio en la Comisión de Educación de la Cámara.
La iniciativa busca terminar con la doble evaluación de los educadores, fortaleciendo procesos de inducción y acompañamiento.
Ministerio de Educación debe entregar la información de quienes se desempeñan como correctores de la evaluación docente, resuelve el Consejo para la Transparencia.
Cualquier comunicación referente a la forma en que los docentes son evaluados, resulta positiva, considerando adicionalmente la calidad de la educación como eje principal de las demandas ciudadanas de los últimos años.
Ministerio de Educación debe responder solicitud de revisión de evaluación docente del recurrente, en el plazo de 30 días.
La falta de actuación del Ministerio, importa una discriminación en perjuicio del recurrente en relación con otras personas que, en condiciones jurídicas equivalentes, han obtenido la decisión de sus solicitudes dentro de los plazos razonables que confiere la ley.
Docente que se encuentra en plan de superación profesional puede ser desvinculado del servicio si su evaluación previa lo califica en nivel básico.
Así lo consigna el artículo 72 de la Ley N°19.070, respecto de los profesores que hayan sido evaluados con calificación insuficiente o básica.
Comisión de Educación de la Cámara de Diputados aprueba suspensión de evaluación docente y prueba SIMCE durante 2021.
Las condiciones que fundamentaron adoptar esta misma decisión durante el año 2020 se mantienen e incluso se han agudizado en la actualidad, cuestión que hace aconsejable replicar la decisión de 2020 de suspender tanto la evaluación docente, como la prueba SIMCE.
CS acoge recurso de protección contra Comisión Comunal de Evaluación Docente de Cochrane por realizar evaluación docente sin fundamentos técnicos.
Las observaciones realizadas por la Comisión no cuentan con argumentos técnicos y documentos de respaldo que justifique la calificación de la actora.