![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2022/10/Rosa-Oyarce-1.jpg)
Dado que el artículo 17 del Estatuto de Salud Primaria no regula reglas de compatibilidad con los cargos de exclusiva confianza previstos en el artículo 7 del Estatuto Administrativo (entre ellos los Seremis), como sí ocurre en el artículo 87 letra e) del mencionado cuerpo normativo.
27 de octubre de 2022