La forma de aplicar un reproche que sea proporcional a los hechos y, a la vez, asegurar el derecho del alumno a la continuidad del proceso educativo, se logra por la vía de aclarar que la sanción a la cual éste queda sometido es la cancelación de su matrícula para el año escolar 2025.
Expulsion
Expulsión de estudiante que habría presuntamente ofrecido marihuana a sus compañeros, se deja sin efecto por fundarse en un cargo impreciso y genérico que afecta el derecho de defensa del estudiante.
Establecimiento educacional debe adoptar todas las medidas para que el estudiante, víctima de una agresión, se reincorpore a clases en condiciones de seguridad y confianza.
Medida de expulsión a estudiante que apuntó a una compañera con un arma de juguete no es proporcional a la falta cometida.
Resolución que ordenó el abandono voluntario del país de una estudiante se deja sin efecto ya que ocasionaría un daño a la unidad familiar al separarla de sus padres.
La afectada actualmente estudia, sus padres se encuentran en Chile con residencia definitiva y, de acuerdo a su edad, sigue siendo carga de sus progenitores, por lo que la ejecución de la expulsión ocasionaría un daño a la unidad familiar.
Potestad disciplinaria universitaria se extiende únicamente a hechos que tengan vinculación objetiva con el plantel.
No resulta suficiente la sola conexión personal de los involucrados, esto es, la mera circunstancia de pertenecer estos a la misma carrera, puesto que la potestad se extiende hasta donde alcancen los fines y proyectos institucionales.
Expulsión de Fuad Chahín de la Democracia Cristiana se confirma por la Corte Suprema.
Se descartó que el Tribunal Supremo actuara como una comisión especial, como así también, que por haber renunciado al partido no pudiera aplicársele la sanción de expulsión de la colectividad.
Conozca los criterios de los tribunales superiores para revertir las expulsiones administrativas del territorio nacional.
El tratamiento de las personas en situación de migración no es un asunto baladí para nuestra magistratura, que ha razonado en diversos criterios para revocar expulsiones de personas que se han visto afectadas por erradas interpretaciones administrativas de la ley migratoria.
Demora en la tramitación de la solicitud de residencia temporaria por reunificación familiar amenaza el interés superior de la adolescente, hija de la solicitante.
El retardo constituye una vulneración del deber de celeridad que deben observar los órganos de la Administración del Estado y una infracción al plazo previsto en el artículo 27 de la ley 19.880.
Decretar el abandono del territorio nacional a extranjero que no pagó la multa completa por haber solicitado la residencia definitiva fuera de plazo, es desproporcionado.
Lo anterior, ya que se debe considerar la historia de vida del ciudadano haitiano, esto es, encontrarse inserto laboralmente en Chile, no tener antecedentes penales, contar con los medios económicos suficientes para subsistir y no haber tenido reproche alguno durante los 8 años que lleva en el país.
Expulsión de estudiante que dio aviso de bomba en su colegio a través del celular de un compañero, se deja sin efecto por la Corte de Temuco.
De acuerdo con la normativa aplicable, la medida de expulsión no puede imponerse en un período del año escolar que haga imposible que pueda ser matriculado en otro establecimiento educacional, situación que se da en la especie desde que nos encontramos precisamente a mitad del año escolar.
Si ciudadano extranjero tiene arraigo familiar, antes de ordenar su expulsión por haber ingresado al territorio nacional por paso no habilitado el Servicio Nacional de Migraciones debe razonar si dicha medida es proporcional, resuelve Corte de Puerto Montt.
Aun cuando no se hayan incorporado elementos de arraigo al momento de formular los descargos, ellos sí se han incorporado a esta acción constitucional, por lo que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N°21.325 y al principio de protección de la familia, se estima prudente acoger la acción.
Resolución que sindica a un menor como autor de abuso sexual de un compañero es ilegal.
La declaración contenida en la resolución del juzgado de familia no es inocua, toda vez que su tenor ha sido la razón principal por la cual el niño fue expulsado del colegio, haciéndolo participe de un hecho grave, y que eventualmente, tomará conocimiento de que en una sentencia judicial se lo ha calificado de autor de tales conductas, sin que haya tenido la posibilidad de haber sido oído y defenderse.
Protección de la sociedad y el bien común se imponen por sobre la relación familiar de extranjero que es expulsado y que cumple condena por violación impropia.
No se verifica ilegalidad en la Resolución recurrida, desde que fue dictada por la autoridad competente, dentro de sus atribuciones, fundado en causa legal y dotada de la motivación necesaria, teniendo presente la gravedad del delito cometido.