![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2022/10/Logo_Servicio_Nacional_de_Migraciones_SERMIG.jpg)
Debe tenerse en especial consideración el arraigo familiar que tiene la amparada en Chile, toda vez que tiene a su madre quien cuenta con residencia definitiva, por lo que debe primar en este caso el principio de reunificación familiar y de protección de la familia.