Expulsion

Universidad debe retrotraer proceso disciplinario a su etapa inicial tras constatarse vicios de legalidad en su tramitación, resuelve la Corte de Coyhaique.

Lo concluido no se ve alterado por la renuncia voluntaria presentada por la funcionaria sancionada, como tampoco por la falta de ejecutividad de la sanción. Dichas circunstancias no excusan el deber de todo órgano del Estado de apegarse de modo estricto a la legalidad en la sustanciación de los procesos administrativos disciplinarios ni sanean los vicios constatados en su tramitación.

25 de diciembre de 2024

Expulsión de estudiantes infringe el principio de proporcionalidad si anotaciones negativas anteriores no revisten gravedad suficiente para ser consideradas como agravantes.

29 de noviembre de 2024
Las anotaciones anteriores de los estudiantes se enmarcan en el contexto estudiantil: no asistir a una clase determinada o desatender instrucciones impartidas en cuanto al uso del celular; todas ellas de menor entidad y cantidad, si se tiene en consideración que se trata de alumnos que cursan la enseñanza media.

Expulsión de estudiante se sustituye por cancelación de matrícula para el año 2025 al haber transcurrido gran parte del año escolar, a fin de asegurar la continuidad de su proceso educativo.

9 de octubre de 2024
La forma de aplicar un reproche que sea proporcional a los hechos y, a la vez, asegurar el derecho del alumno a la continuidad del proceso educativo, se logra por la vía de aclarar que la sanción a la cual éste queda sometido es la cancelación de su matrícula para el año escolar 2025.
Recurso de amparo acogido por Corte de Talca.

Decretar el abandono del territorio nacional a extranjero que no pagó la multa completa por haber solicitado la residencia definitiva fuera de plazo, es desproporcionado.

Lo anterior, ya que se debe considerar la historia de vida del ciudadano haitiano, esto es, encontrarse inserto laboralmente en Chile, no tener antecedentes penales, contar con los medios económicos suficientes para subsistir y no haber tenido reproche alguno durante los 8 años que lleva en el país.

12 de julio de 2024
Recurso de amparo acogido.

Si ciudadano extranjero tiene arraigo familiar, antes de ordenar su expulsión por haber ingresado al territorio nacional por paso no habilitado el Servicio Nacional de Migraciones debe razonar si dicha medida es proporcional, resuelve Corte de Puerto Montt.

Aun cuando no se hayan incorporado elementos de arraigo al momento de formular los descargos, ellos sí se han incorporado a esta acción constitucional, por lo que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N°21.325 y al principio de protección de la familia, se estima prudente acoger la acción.

21 de junio de 2024