CS desestima recurso de amparo contra Departamento de Extranjería por denegar una solicitud de copia de certificados.
El asunto discutido no es materia objeto del recurso de amparo.
El asunto discutido no es materia objeto del recurso de amparo.
El requisito exigido a la recurrente es físicamente imposible por razones que ajenas a ella.
La resolución impugnada fue ordenada por autoridad competente, dentro de la esfera de sus facultades legales.
El Senado respaldó el informe, que contiene acuerdos en torno a protección complementaria, mujeres migrantes, prohibiciones imperativas, entre otros aspectos.
La instancia abocada a resolver las divergencias entre ambas Cámaras alcanzó acuerdos en los artículos sobre protección complementaria, procesos de expulsión, catálogo de delitos, entre otras materias.
El ente contralor adujo esto, para el solo efecto de efectuar trámites ante el Departamento de Extranjería y Migración, y las Gobernaciones Provinciales.
El Tribunal de Alzada indicó que, no se advirtió la existencia de un motivo plausible para negar la visación requerida.
La Corte de Santiago señaló que, el proceder del recurrido importa una discriminación en contra de los recurrentes en relación con el trato dispensado a otros extranjeros.
El recurrente estimó vulnerados sus derechos establecidos en los numerales 3, 9 y 24 de la Constitución Política de la República.