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Moldavia debe indemnizar a ex ministro de Estado acusado de corrupción en una publicación en Facebook, resuelve el TEDH.

16 de mayo de 2024
Aunque la Corte Suprema nacional se había referido a los principios aplicables del Convenio y a su jurisprudencia, no estaba convencida de que hubiera logrado un equilibrio justo entre los derechos en conflicto contemplados en el Convenio. En particular, trató al actor como a un periodista de investigación y una “persona pública” y decidió aplicar en su caso la presunción de buena fe aplicable a estos corresponsales”.
Argentina.

Bloqueos de cuenta de Instagram perteneciente a una armería se ajustan a derecho: rubro de la empresa amerita mayor control por infracción a las condiciones de uso.

Al no estar prima facie demostrado el carácter antijurídico y lesivo del obrar de la demandada ni el daño ocasionado u amenaza de su producción, esta Sala considera que la pretensión en los términos propuestos no resulta admisible. Más que prevenir un daño, pareciera buscarse una restricción general y para el futuro, que podría comprometer las propias políticas de uso y control de Instagram.

9 de marzo de 2024
Tribunal Supremo de España.

Derecho al honor prevalece sobre libertad de expresión cuando se empleen frases y expresiones ultrajantes u ofensivas, sin relación con las ideas u opiniones que se expongan y, por tanto, innecesarias a este propósito.

La identificación del destinatario de las ofensas no requiere su designación con nombres y apellidos, cuando aquélla resulte posible, siquiera para las personas de su círculo más próximo, por las referencias indirectas o las circunstancias concurrentes.

9 de enero de 2024
Recurso de protección acogido por Corte de Temuco.

Publicaciones de maestro contratista en Facebook afectan la honra y la consideración que terceras personas puedan tener o formarse del mandante.

La aparente colisión entre la libertad de expresión y la honra no es tal, desde que la primera tiene su límite en la segunda, por cuanto toda persona es libre de expresar sus opiniones libremente sin censura previa, sin embargo, cuando con ellas afectan la honra de terceros, quien los hace, debe responsabilizarse.

8 de noviembre de 2023
Argentina.

Empresa debe indemnizar a trabajador despedido que habría realizado comentarios injuriosos en Facebook al no lograr acreditar que fuera el titular de la cuenta utilizada para “postear” en su contra.

No se encuentra acreditado que el actor haya participado en los hechos como para justificar su despido; máxime cuando la dilatada antigüedad que tenía aquel en la empresa ameritaba un examen exhaustivo de la cuestión, cosa que no se advierte. Desde esta perspectiva, no existen fundamentos válidos para apartarse de lo decidido en origen.

6 de noviembre de 2023
Argentina.

Empresa debe indemnizar a modelo por utilizar sin autorización sus fotografías para promocionar productos.

El “derecho a la imagen” integra la categoría de los denominados “derechos personalísimos”. Consiste en la libertad que tiene el sujeto respecto a la captación, reproducción y difusión de su propia imagen, los aspectos físicos de una persona que inequívocamente la identifican; está vinculado al honor y a la intimidad, pero resulta autónomo pues se puede vulnerar sin configurar a la par un ataque a la reputación o a la vida privada del sujeto.

31 de agosto de 2023