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En fallo dividido.

Corte de Valparaíso acogió el recurso de protección de funcionaria de hospital y ordenó la eliminación inmediata de publicaciones en redes sociales que le atribuyen responsabilidad por el suicidio de dos enfermeras.

El Tribunal de alzada acogió la acción cautelar, tras establecer el actuar arbitrario de las recurridas, entre ellas la madre de una de las enfermeras fallecidas, por lo que les ordenó la eliminación o cancelación de las publicaciones y abstenerse en lo sucesivo de incurrir en conductas similares.

6 de agosto de 2021
"La libertad de expresión no tiene un carácter absoluto y, por cierto, se encuentra limitada por el derecho al honor que les asiste a los recurrentes".

Corte de Temuco ordena a Asociación para la Paz y Reconciliación en La Araucanía eliminar publicación ofensiva en Facebook por afectar la honra y menoscabar a miembros del pueblo mapuche. 

El Tribunal de alzada acogió parcialmente la acción constitucional, tras concluir que las expresiones vertidas por la recurrida APRA, por medio de la red social, “sin otorgar una posibilidad de respuesta o contra argumentación de la contraria, no pueden tener por objeto sino afectar la honra de quienes son sindicados como ‘violentistas’, cuestión que en el caso concreto se verifica, toda vez que las expresiones vertidas importan un menoscabo a las personas de los actores”.

30 de abril de 2021