Descuentos de la remuneración de funcionaria efectuados unilateralmente se dejan sin efecto por infringir la ley del contrato y el principio de intangibilidad de las remuneraciones.
La medida vulnera el derecho de propiedad de la actora y el principio de la confianza legítima generada, tras haber percibido su remuneración durante más de seis años bajo las mismas condiciones.