
En las primeras semanas de su segundo mandato, el presidente estadounidense Donald Trump no ha parado de exhibir su poder político.
En las primeras semanas de su segundo mandato, el presidente estadounidense Donald Trump no ha parado de exhibir su poder político.
El TAS condenó al club de la ciudad de Rancagua a pagar más de medio millón de dólares al representante del futbolista Gastón Lezcano, debido a que el empresario era dueño de la mitad del pase del jugador cuando fue vendido en 2017 a un club mexicano, y no recibió su porcentaje de dicha transferencia. No obstante, el fallo arbitral no puede ser cumplido en Chile porque se infringiría el efecto de cosa juzgada que emana del contrato de transacción celebrado entre ambas partes en 2016, cuando acordaron amplio finiquito y no adeudarse obligaciones, por lo que el laudo infringe lo dispuesto en el artículo 2460 del Código Civil.
La empresa pactó el finiquito con subrogación con los demandantes, los cuales cedieron a la demandada sus derechos para accionar respecto de las deudas previsionales de su anterior empleador, por lo tanto, los trabajadores no pueden demandar a la recurrente por ser acreedora -al igual que ellos- de las deudas previsionales cuya titularidad cedieron para un futuro cobro por parte de la empresa subrogante.
El poder liberatorio se restringe a todo aquello en que las partes han concordado expresamente y no se extiende a los aspectos en que el consentimiento no se formó, sea porque una de las partes formula la reserva correspondiente, sea porque se trate de derechos u obligaciones no especificados por los comparecientes, sea por cualesquiera otras razones que el entendimiento humano pudiera abarcar.
La demandada no puede oponer en juicio la excepción de finiquito, si en tal documento consta la voluntad del trabajador de reservar su derecho a accionar, en virtud de lo establecido en el artículo 177 del Código del Trabajo.
El poder liberatorio del finiquito alcanza solo a lo que las partes acuerdan expresamente, sin que pueda extenderse a la responsabilidad derivada de un accidente del trabajo respecto de la cual no hubo consentimiento.
El trabajador durante los años 2017 a 2020 celebró sucesivos contratos de trabajo por obra o faena con sus respectivos finiquitos, los cuales carecen de fuerza probatoria al no ser más que una mera renuncia de derechos mientras existía una nueva relación laboral entre las partes. El máximo Tribunal determinó que en atención al principio de primacía de la realidad, existió un único contrato de trabajo indefinido.
En el debate se decidió que si se pone término a la relación laboral y quedan días pendientes a utilizar, el empleador deberá compensar aquello en el finiquito.
Un grupo de ex trabajadores de Codelco demandó solicitando indemnización por daño moral, al retirarse de la empresa luego de contraer silicosis, no obstante, cuestionaron que al acoger su demanda, el tribunal permitiera el descuento de lo pagado en el finiquito, hecho que fue confirmado por el máximo Tribunal.
Los contratos de trabajo celebrados al día siguiente del finiquito dan cuenta de la intención de ambas partes de seguir vinculadas, hecho que no puede ser desconocido por la empleadora al momento de la desvinculación para reducir la base de cálculo de la indemnización por años de servicio.
La magistrada rechazó la excepción de finiquito al no justificar 3M la causal de necesidades de la empresa argüida en la carta de despido del trabajador.