La empresa transportadora no puede ampararse en las prescripciones que limitan su responsabilidad, cuando el daño provenga de su dolo o del dolo de las personas bajo su dependencia. Asimismo, en supuestos de cancelación del vuelo o interrupción del viaje, otorga a los pasajeros el derecho al reembolso del precio del ticket por el trayecto no realizado y también los gastos de desplazamiento y estadía.
Fuerza mayor
Puede calificar de “circunstancia extraordinaria” el retraso de un vuelo causado por la falta de personal en un aeropuerto, resuelve el TJUE.
Aerolínea debe indemnizar a pasajero por el retraso de su vuelo debido al impacto de un ave en el avión, resuelve un tribunal español.
Dirección del Trabajo emite pronunciamiento acerca de las obligaciones y medidas que debe adoptar el empleador ante la exposición de las personas trabajadoras a temperaturas extremas.
Dirección del Trabajo emite pronunciamiento que refuerza el deber de protección de los derechos de los trabajadores afectados por sistema frontal.
Si bien cada situación debe ser analizada en particular, la regla general indica que los atrasos o ausencias de los trabajadores afectados, califican como circunstancias imponderables, que no deben ser sancionados.
Aerolínea que canceló repentinamente un vuelo aduciendo fallas de seguridad alertadas por el fabricante del avión, que no acreditó, infringe la Ley del Consumidor.
La empresa alegó que tal cancelación se debió a la necesidad de hacer una mantención de los motores, luego de que el fabricante notificara de un problema en el software de seguridad de navegación, situación que se enmarca en el concepto de fuerza mayor.
La pandemia no se puede seguir esgrimiendo para justificar el retardo de pronunciamientos administrativos porque a estas alturas no es un imprevisto imposible de resistir, resuelve la Corte de Concepción.
Si ha tardado más de 12 meses en emitir una respuesta a la solicitud de residencia definitiva, por lo que no cabe absolutamente ninguna duda que el Servicio Nacional de Migraciones ha incurrido en una conducta omisiva ilegal y arbitraria.
No cabe atribuir responsabilidad al propietario de un árbol que cayó durante una tempestad y causó daños al vecino pues ello configura un caso de fuerza mayor, resuelve tribunal español.
Puede considerarse como supuesto de fuerza mayor la presencia de vientos que superan los 120 kilómetros/hora. En este caso, y según lo informado por meteorología, la «Tempestad Ana» fue de extraordinaria intensidad. Ello acredita la falta de nexo causal y desvirtúa la atribución de responsabilidad.
El no pago de las rentas de arrendamiento por la imposibilidad de utilizar el local arrendado debido a las restricciones sanitarias configura una hipótesis de fuerza mayor.
Recurrente pidió que se le reconociera el pago de las rentas adeudadas, pero no desarrolló argumentos tendientes a desvirtuar el obstáculo sufrido por el arrendatario al no poder utilizar la cosa arrendada por las restricciones de movilidad impuestas por la autoridad sanitaria.
Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago declaró injustificado despido fundado en la causal de caso fortuito o fuerza mayor.
El caso fortuito o fuerza mayor deben imposibilitar y excusar el incumplimiento de las obligaciones principales del contrato de trabajo de manera total y definitiva.