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La empresa transportadora no puede ampararse en las prescripciones que limitan su responsabilidad, cuando el daño provenga de su dolo o del dolo de las personas bajo su dependencia. Asimismo, en supuestos de cancelación del vuelo o interrupción del viaje, otorga a los pasajeros el derecho al reembolso del precio del ticket por el trayecto no realizado y también los gastos de desplazamiento y estadía.