Fujimori

Gobierno y Congreso de Perú solicitan a la Corte IDH que corrija “sus excesos” y rechazaron su resolución en contra de una propuesta de ley que prescribe los crímenes de lesa humanidad.

El 1 de julio, la Corte IDH ordenó a Perú en una resolución que a través de sus tres poderes —ejecutivo, legislativo y judicial— “tome las acciones necesarias para que no se adopten, se dejen sin efecto o no se otorgue vigencia” a un proyecto aprobado el jueves 4 de julio en el Congreso “que dispone la prescripción de los crímenes de lesa humanidad perpetrados en el Perú” desde antes de 2002.

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Pero hay una razón jurídica de fondo que debió transmitirse enfáticamente: el indulto que fue concedido a Fujimori NO es un caso de la Corte IDH. No siéndolo, jamás la Corte podría pronunciarse por un caso que no corresponde a su jurisdicción. La razón que lo sustenta es que el indulto es una institución del derecho interno del Estado y no del derecho internacional. El caso de Barrios Altos y La Cantuta es distinto del indulto.
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