Funa en redes sociales

Publicaciones en grupo masivo de Facebook que vinculan al actor con el incumplimiento de obligación alimenticia sin otorgar posibilidad de respuesta, afectan su derecho a la honra y buen nombre.

Existiendo una aparente colisión entre dos garantías constitucionales, la Corte procedió a efectuar un “test de ponderación” y un “test de proporcionalidad” en el caso concreto, y como resultado de estos, concluyó que en el caso no existe un “interés público” en el conocimiento de las circunstancias que rodean la relación que mantienen las partes respecto del hijo común, que justifique que sus particularidades se ventilen públicamente a través de las redes sociales, más aún en los términos abusivos e inapropiados en que se realizó, lo que deriva que en este caso el derecho a la libertad de expresión ceda ante el derecho a la honra del protegido.

8 de diciembre de 2024

Ordenan eliminar publicaciones de Instagram que inculparon a kinesióloga de acoso a una estudiante universitaria que acabó con su vida, por lesionar su derecho a la honra.

4 de diciembre de 2024
La Corte de Santiago consideró que las publicaciones denuestan la imagen de la recurrente, imputándole conductas indebidas y reprochables, y que la correcta ponderación de los derechos involucrados lleva necesariamente a afirmar que corresponde amparar a la afectada, quien en este escenario tiene limitadas posibilidades de defensa y rectificación.

Facebook debe eliminar denuncias de acoso sexual vertidas contra profesor en su red social, resuelve un tribunal argentino.

19 de diciembre de 2023
Las corporaciones transnacionales de negocios que son dueñas de redes sociales no tienen la representación vicaria de los usuarios ni pueden valerse de argumentos inherentes a las libertades de éstos para sustraerse a la autoridad de los tribunales. Adviértase que su innegable contribución técnica al ejercicio de esas libertades no impide que sus intereses entren, eventualmente, en conflicto con ellas.
Argentina.

La “viralización” de una publicación injuriosa en redes sociales es un factor que se debe tener en cuenta al momento de cuantificar el daño moral, resuelve un tribunal argentino.

El peritaje permite establecer la gravedad de la lesión espiritual infringida por la demandada dada la cantidad de visualizaciones e interacciones verificadas, así como la posibilidad ilimitada de que la falsa alegación fuera replicada por la vía digital, medio de comunicación por excelencia en la sociedad actual.

21 de febrero de 2023
Publicaciones presuntamente injuriosas.

Testimonio de víctima de agresión sexual compartido a través de redes sociales no afectó el honor del recurrente, encontrándose además amparada en su derecho a la libertad de expresión.

El recurso de protección no es la vía idónea para resolver la controversia, toda vez que la litis trasciende los fines de la acción de protección de garantías fundamentales, y no se condice con el carácter extraordinario y de tramitación breve y urgente.

7 de febrero de 2022