“Funa” en contra de arrendador no vulnera el derecho a la honra si tiene sustento en litigios pendientes entre las partes, resuelve Corte de Talca.
Tampoco hubo afectación a la prohibición de juzgamiento por comisiones especiales, sino que se trató de una forma extrajudicial que la recurrida empleó para reclamar sus derechos.