CS rechazó unificación de jurisprudencia relativa a la aplicación del procedimiento de tutela laboral a funcionarios públicos.
La impugnación se dedujo por el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP).
La impugnación se dedujo por el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP).
Los actores prestan servicios para Dirección General del Personal de la Armada.
La impugnación se dedujo por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
La solicitante se desempeña como una funcionaria del Departamento de Salud de la Municipalidad de San Pedro y en el Programa de Salud Oral de la JUNAEB.
El pronunciamiento responde a la presentación realizada por el Hospital Clínico San Borja Arriarán.
El Tribunal de alzada consideró que la solicitud es improcedente por mandato legal y constitucional, normas que establecen la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.
Relacionados con materias, tales como perfeccionamiento de la normativa sobre protección de los derechos de los consumidores, calificación y remoción de administradores de tribunales, muerte digna y cuidados paliativos, regulación de demandas de tutela laboral de funcionarios públicos y delitos ambientales, entre otros.